30 de julio de 2018 | Mandeville, Jamaica | Unión Jamaiquina, DIA
La Iglesia Adventista del Séptimo Día en Jamaica apeló hace poco a los empleadores de los sectores público y privado para que respeten los derechos constitucionales de los trabajadores, de manera que puedan ser libres de discriminación religiosa.
La apelación hizo referencia a una comunicación del Gremio Nacional de Trabajadores (NWU), que indicó, entre otras cosas, que un obrero de la Compañía de Petróleo de Jamaica (PETCOM) había sido suspendido sin paga desde diciembre de 2017 porque se rehusó a trabajar en sábado, su día de adoración.
Nigel Coke, director de comunicación, relaciones públicas y libertad religiosa de la Iglesia Adventista en Jamaica, dijo que había hablado con el obrero la semana pasada y que este sintió que sus derechos no habían sido respetados.
“Sobre la base de lo que me presentó el obrero y el NWU, parece haber una violación clara y flagrante del derecho del obrero a su libertad de adoración”, dijo Coke.
Días después de que se dio a conocer la apelación de la iglesia, los directivos de PETCOM expresaron en una declaración que el obrero podrá regresar al trabajo el 30 de julio de 2018.
“Es una pequeña victoria”, dijo Coke. Varios miembros de iglesia se han visto afectados de manera similar en sus lugares de trabajo este año, añadió.
“Lamentamos el hecho de que algunos empleadores hasta se han rehusado a emplear personas calificadas sobre la base de las creencias y prácticas religiosas de esas personas”, dijo Coke.
Tan solo la semana pasada, dijo Coke, a un estudiante registrado para el programa nacional de empleo de verano se le negó el trabajo y fue enviado a su casa cuando él dijo que no podía trabajar los sábados. “La iglesia intervino ante la situación del estudiante, y él también fue reincorporado el 30 de julio”, dijo Coke.
“La práctica de estos empleadores es contraria a los derechos constitucionales de los trabajadores, y de todas las personas que buscan empleo, y es consecuente con la ley de trabajo semanal flexible que permite que un trabajador escoja un día de descanso para utilizarlo como día de adoración, si él o ella así lo desea, sin detrimento laboral alguno de parte del empleador”, explicó Coke.
Como secretario general de la Asociación Nacional de Libertad Religiosa de Jamaica, Coke señaló las provisiones del Carta Estatutaria de Derechos Fundamentales de la Constitución, así como de la Ley de Empleo (Arreglos Laborales Flexibles – Provisiones Misceláneas) y su efecto en la enmienda de la Sección 2 de la Ley de Relaciones Laborales y Disputas Industriales, hacen de la discriminación religiosa una disputa industrial para su resolución bajo las provisiones de la mencionada ley.
“Como iglesia, celebramos el apoyo de un gremio en esta cuestión fundamental, y también hacemos un llamado al apoyo de las asociaciones de empleadores, para que se unan en el esfuerzo de promover y fomentar el respeto por los derechos de los trabajadores en lo que respecta a la libertad de toda discriminación religiosa en el lugar de trabajo”, dijo Coke.
Traducción de Marcos Paseggi